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El carácter internacional de los negocios potenció la necesidad de dotar de seguridad jurídica a las transacciones comerciales, determinando la adopción de “reglas uniformes” tanto en la interpretación como en la aplicación del derecho.

De esta manera, se generaron en el ámbito internacional una serie de principios como la identidad, igualdad, reciprocidad y la cooperación que se fueron plasmando en diferentes convenciones internacionales; dando origen a un “orden internacional del comercio”. En este orden de ideas, los diversos tratados, acuerdos, convenciones, leyes uniformes referentes a distintos aspectos del comercio global, establecieron y establecen aún hoy, un marco jurídico normativo del mismo.
La OMC recoge aspectos de la evolución del comercio internacional, la cual ya ha sobrepasado las etapas de intercambio de mercancías y la preocupación por lograr un mayor y más libre acceso a los mercados para entrar en otras etapas de intercambios de servicios, y se caracteriza por iniciar la regulación de aspectos de la presencia en los mercados que corresponden a una economía globalizada.





Los Acuerdos de la Organización Mundial del Comercio son extensos y complejos, y tratan temas tan variados que van desde la agricultura a la propiedad intelectual, pasando por servicios bancarios y financieros, contratación pública y textiles y vestidos, entre muchos otros. A pesar de la diversidad de temas, todos los documentos que emite la Organización Mundial de Comercio están inspirados en varios principios simples y fundamentales que constituyen el marco dentro del cual se maneja el sistema multilateral de comercio.
Esos principios son:
  1. Comercio sin discriminaciones.
  2. Comercio más libre: de manera gradual, mediante negociaciones.
  3. Previsibilidad: mediante consolidación y transparencia.
  4. Fomento de una competencia leal.
  5. Promoción del desarrollo y la reforma económica.
  1. Comercio sin discriminaciones
Este principio incluye dos cláusulas:
1. Nación más favorecida (NMF): esta cláusula significa que si a algún país se le concede alguna ventaja especial, se debe dar al resto de los países miembros, el mismo trato que a esa Nación más favorecida.
Este es el primer artículo del GATT que regula el comercio de mercancías, también aparece en las regulaciones referidas al comercio de servicios y en un acuerdo que regula los derechos de propiedad intelectual.
Hay ciertas excepciones permitidas. Estas excepciones permiten el trato diferencial de bienes y servicios que se comercian en una Zona de Libre Comercio, en Uniones Aduaneras y también existen cláusulas que permiten un trato diferencial hacia los países menos desarrollados.
2. Trato nacional: igual trato para nacionales y extranjeros.
El principio de trato nacional requiere que, una vez los productos extranjeros hayan satisfecho todos los requisitos nacionales necesarios para poder ser importados, sean tratados de igual manera que los productos con los que compite en el mercado nacional.
El trato nacional sólo se aplica una vez que el bien en cuestión ha entrado en el mercado. Por lo tanto, la aplicación de derechos de importación no implica el incumplimiento del trato nacional.
  1. Comercio más libre: de manera gradual, mediante negociaciones
La reducción de los obstáculos al comercio es uno de los medios más evidentes de alentar el comercio. Esos obstáculos incluyen los derechos de aduana (o aranceles) y medidas tales como las prohibiciones de las importaciones o las cuotas de importación.
Las rondas del GATT redujeron paulatinamente los aranceles aplicados por los países industrializados a los productos industriales, hasta situarse en menos del 4 por ciento. Luego, en la década de 1980 las negociaciones se ampliaron para incluir en los acuerdos nuevos temas como el comercio de servicios y la propiedad intelectual
La apertura comercial se realiza en forma progresiva, generalmente los países menos desarrollados disponen de plazos más largos para cumplir sus obligaciones.
  1. Previsibilidad: mediante consolidación y transparencia
Condiciones comerciales que garanticen estabilidad y la previsibilidad generan un ambiente que permite aprovechar los beneficios de la competencia, se incentivan las inversiones y la creación de puestos de trabajo. El sistema multilateral de comercio constituye un intento de los gobiernos de generar estabilidad y previsibilidad en el entorno comercial.
Consolidación
Cuando los países convienen en abrir sus mercados de mercancías y servicios, fortalecen o “consolidan” sus compromisos arancelarios. Las consolidaciones referidas a las mercancías hacen referencia a aranceles máximos. Los acuerdos de consolidación pueden ser modificados sólo después de haber sido negociados con el resto de los interlocutores comerciales afectados a la negociación.
Transparencia
La transparencia es una obligación legal, incluida GATT, por el cual los miembros están obligados a publicar sus normas en materia de comercio y a notificar a la Organización Mundial de Comercio cualquier cambio en la política comercial. Los requisitos de transparencia interna se complementan con el control multilateral que ejercen los propios miembros de la Organización Mundial de Comercio.
El sistema trata también de mejorar la previsibilidad y la estabilidad mediante la publicación de las normas comerciales y exigiendo en muchos casos a los gobiernos la divulgación pública de sus políticas y prácticas comerciales.
Así mismo, se llevan acciones tendientes a desalentar la utilización de cuotas y otras medidas empleadas para fijar límites a las cantidades que se pueden importar (la administración de las cuotas puede dar lugar a una mayor burocracia administrativa y a acusaciones de conducta desleal).
  1. Fomento de una competencia leal
La Organización Mundial de Comercio persigue el logro de una competencia libre, leal y sin distorsiones, lo que no es lo mismo que “libre comercio” ya que se permite la aplicación de aranceles y, en algunas circunstancias, otras formas de protección.
La cláusula de la Nación Más Favorecida y de Trato Nacional, las normas relativas al dumping y las subvenciones tienen por objeto lograr condiciones equitativas de comercio.
Las normas dan un marco de legalidad y lealtad a cuestiones complejas del comercio internacional. También establecen cómo pueden responder los gobiernos, en particular mediante la aplicación de derechos de importación adicionales calculados para compensar el daño ocasionado por el comercio desleal.
  1. Promoción del desarrollo y la reforma económica
Atendiendo a las necesidades diferentes de los países en desarrollo, la Organización Mundial de Comercio prevé flexibilidad respecto al tiempo de aplicación de los Acuerdos comerciales, al mismo tiempo que Acuerdos incorporan las disposiciones anteriores del GATT que prevén asistencia y concesiones comerciales especiales para los países en desarrollo.
Los países en desarrollo representan más de las tres cuartas partes de los Miembros de la Organización Mundial de Comercio, más de 60 de esos países aplicaron autónomamente programas de liberalización del comercio que surgieron de la Ronda de Uruguay. Estos países tuvieron participación activa e influyente en las negociaciones de la Ronda Uruguay.



En 1945, algunos países iniciaron negociaciones para reducir y consolidar los aranceles aduaneros y comenzar así a eliminar las medidas proteccionistas vigentes desde los años 30. De estas negociaciones surgieron normas para el comercio internacional y una reducción de aranceles que afectaba a la quinta parte del comercio mundial. En paralelo tenían lugar las conversaciones para la creación de la OIC.
En 1947 se firma el GATT y el grupo de países adherentes se había ampliado a 23 (12 países industrializados y 11 en desarrollo). En noviembre del mismo año tuvo lugar la Conferencia de La Habana, en aquella conferencia se ratificaría la Carta de la Organización Internacional del Comercio, pero se encontró con la oposición del Congreso de los Estados Unidos. En 1950 el gobierno de Estados Unidos vuelve a ratificar su oposición a la Carta de La Habana, lo que prácticamente dio por terminadas las negociaciones para la formación de la Organización Internacional del comercio.
Finalmente, el GATT fue el único resultado de los acuerdos, es así que desde 1948, hasta 1994 las reglas aplicables a gran parte del comercio mundial fueron establecidas por dicho acuerdo. Durante casi cincuenta años, el texto básico del GATT se mantuvo casi sin modificaciones. La secretaría general del GATT, con sede en Ginebra, convocó una serie de rondas de negociaciones que permitieron acuerdos "plurilaterales", es decir, de participación voluntaria, que condujeron a importantes reducciones arancelarias.






El principal objetivo de la Organización Mundial del Comercio es la liberalización de los mercados y la eliminación de barreras a los intercambios comerciales. No obstante, la OMC asegura que, aunque su política para mejorar el mercado pasa por la apertura, "en determinadas circunstancias sus normas apoyan el mantenimiento de obstáculos al comercio: por ejemplo, para proteger a los consumidores o impedir la propagación de enfermedades". Así, de una forma más amplia, la Organización sería garante de todas las partes implicadas en el comercio mundial.





 Funciones:

• Administra los acuerdos comerciales de la OMC
• Foro para negociaciones comerciales
• Trata de resolver las diferencias comerciales
• Supervisa las políticas comerciales nacionales
• Asistencia técnica y cursos de formación para los países en desarrollo
• Cooperación con otras organizaciones internacionales





La Organización Mundial del Comercio (OMC) es la única organización internacional que se ocupa de las normas que rigen el comercio entre los países. Los pilares sobre los que descansa son los Acuerdos de la OMC, que han sido negociados y firmados por la gran mayoría de los países que participan en el comercio mundial y ratificados por sus respectivos parlamentos. El objetivo es ayudar a los productores de bienes y servicios, los exportadores y los importadores a llevar adelante sus actividades.