El carácter internacional de los negocios potenció la
necesidad de dotar de seguridad jurídica a las transacciones comerciales,
determinando la adopción de “reglas uniformes” tanto en la interpretación como
en la aplicación del derecho.
De esta manera, se generaron en el ámbito internacional
una serie de principios como la identidad, igualdad, reciprocidad y la
cooperación que se fueron plasmando en diferentes convenciones internacionales;
dando origen a un “orden internacional del comercio”. En este orden de ideas,
los diversos tratados, acuerdos, convenciones, leyes uniformes referentes a
distintos aspectos del comercio global, establecieron y establecen aún hoy, un
marco jurídico normativo del mismo.
La OMC recoge aspectos de la evolución del comercio
internacional, la cual ya ha sobrepasado las etapas de intercambio de
mercancías y la preocupación por lograr un mayor y más libre acceso a los
mercados para entrar en otras etapas de intercambios de servicios, y se
caracteriza por iniciar la regulación de aspectos de la presencia en los
mercados que corresponden a una economía globalizada.
Los Acuerdos de la Organización Mundial del Comercio son
extensos y complejos, y tratan temas tan variados que van desde la agricultura
a la propiedad intelectual, pasando por servicios bancarios y financieros,
contratación pública y textiles y vestidos, entre muchos otros. A pesar de la
diversidad de temas, todos los documentos que emite la Organización Mundial de
Comercio están inspirados en varios principios simples y fundamentales que
constituyen el marco dentro del cual se maneja el sistema multilateral de
comercio.
Esos principios son:
Comercio sin
discriminaciones.
Comercio más
libre: de manera gradual, mediante negociaciones.
Previsibilidad:
mediante consolidación y transparencia.
Fomento de una
competencia leal.
Promoción del
desarrollo y la reforma económica.
Comercio sin
discriminaciones
Este principio incluye dos cláusulas:
1. Nación más favorecida (NMF): esta cláusula significa
que si a algún país se le concede alguna ventaja especial, se debe dar al resto
de los países miembros, el mismo trato que a esa Nación más favorecida.
Este es el primer artículo del GATT que regula el
comercio de mercancías, también aparece en las regulaciones referidas al
comercio de servicios y en un acuerdo que regula los derechos de propiedad
intelectual.
Hay ciertas excepciones permitidas. Estas excepciones
permiten el trato diferencial de bienes y servicios que se comercian en una
Zona de Libre Comercio, en Uniones Aduaneras y también existen cláusulas que
permiten un trato diferencial hacia los países menos desarrollados.
2. Trato nacional: igual trato para nacionales y
extranjeros.
El principio de trato nacional requiere que, una vez los
productos extranjeros hayan satisfecho todos los requisitos nacionales
necesarios para poder ser importados, sean tratados de igual manera que los
productos con los que compite en el mercado nacional.
El trato nacional sólo se aplica una vez que el bien en
cuestión ha entrado en el mercado. Por lo tanto, la aplicación de derechos de
importación no implica el incumplimiento del trato nacional.
Comercio más
libre: de manera gradual, mediante negociaciones
La reducción de los obstáculos al comercio es uno de los
medios más evidentes de alentar el comercio. Esos obstáculos incluyen los
derechos de aduana (o aranceles) y medidas tales como las prohibiciones de las
importaciones o las cuotas de importación.
Las rondas del GATT redujeron paulatinamente los
aranceles aplicados por los países industrializados a los productos
industriales, hasta situarse en menos del 4 por ciento. Luego, en la década de
1980 las negociaciones se ampliaron para incluir en los acuerdos nuevos temas
como el comercio de servicios y la propiedad intelectual
La apertura comercial se realiza en forma progresiva,
generalmente los países menos desarrollados disponen de plazos más largos para
cumplir sus obligaciones.
Previsibilidad:
mediante consolidación y transparencia
Condiciones comerciales que garanticen estabilidad y la
previsibilidad generan un ambiente que permite aprovechar los beneficios de la
competencia, se incentivan las inversiones y la creación de puestos de trabajo.
El sistema multilateral de comercio constituye un intento de los gobiernos de
generar estabilidad y previsibilidad en el entorno comercial.
Consolidación
Cuando los países convienen en abrir sus mercados de
mercancías y servicios, fortalecen o “consolidan” sus compromisos arancelarios.
Las consolidaciones referidas a las mercancías hacen referencia a aranceles
máximos. Los acuerdos de consolidación pueden ser modificados sólo después de
haber sido negociados con el resto de los interlocutores comerciales afectados a
la negociación.
Transparencia
La transparencia es una obligación legal, incluida GATT,
por el cual los miembros están obligados a publicar sus normas en materia de
comercio y a notificar a la Organización Mundial de Comercio cualquier cambio
en la política comercial. Los requisitos de transparencia interna se
complementan con el control multilateral que ejercen los propios miembros de la
Organización Mundial de Comercio.
El sistema trata también de mejorar la previsibilidad y
la estabilidad mediante la publicación de las normas comerciales y exigiendo en
muchos casos a los gobiernos la divulgación pública de sus políticas y
prácticas comerciales.
Así mismo, se llevan acciones tendientes a desalentar la
utilización de cuotas y otras medidas empleadas para fijar límites a las
cantidades que se pueden importar (la administración de las cuotas puede dar
lugar a una mayor burocracia administrativa y a acusaciones de conducta
desleal).
Fomento de una
competencia leal
La Organización Mundial de Comercio persigue el logro de
una competencia libre, leal y sin distorsiones, lo que no es lo mismo que
“libre comercio” ya que se permite la aplicación de aranceles y, en algunas
circunstancias, otras formas de protección.
La cláusula de la Nación Más Favorecida y de Trato
Nacional, las normas relativas al dumping y las subvenciones tienen por objeto
lograr condiciones equitativas de comercio.
Las normas dan un marco de legalidad y lealtad a
cuestiones complejas del comercio internacional. También establecen cómo pueden
responder los gobiernos, en particular mediante la aplicación de derechos de
importación adicionales calculados para compensar el daño ocasionado por el
comercio desleal.
Promoción del
desarrollo y la reforma económica
Atendiendo a las necesidades diferentes de los países en
desarrollo, la Organización Mundial de Comercio prevé flexibilidad respecto al
tiempo de aplicación de los Acuerdos comerciales, al mismo tiempo que Acuerdos
incorporan las disposiciones anteriores del GATT que prevén asistencia y
concesiones comerciales especiales para los países en desarrollo.
Los países en desarrollo representan más de las tres cuartas partes de
los Miembros de la Organización Mundial de Comercio, más de 60 de esos países
aplicaron autónomamente programas de liberalización del comercio que surgieron
de la Ronda de Uruguay. Estos países tuvieron participación activa e influyente
en las negociaciones de la Ronda Uruguay.
En 1945, algunos países iniciaron negociaciones para
reducir y consolidar los aranceles aduaneros y comenzar así a eliminar las
medidas proteccionistas vigentes desde los años 30. De estas negociaciones
surgieron normas para el comercio internacional y una reducción de aranceles
que afectaba a la quinta parte del comercio mundial. En paralelo tenían lugar
las conversaciones para la creación de la OIC.
En 1947 se firma el GATT y el grupo de países adherentes
se había ampliado a 23 (12 países industrializados y 11 en desarrollo). En
noviembre del mismo año tuvo lugar la Conferencia de La Habana, en aquella
conferencia se ratificaría la Carta de la Organización Internacional del
Comercio, pero se encontró con la oposición del Congreso de los Estados Unidos.
En 1950 el gobierno de Estados Unidos vuelve a ratificar su oposición a la
Carta de La Habana, lo que prácticamente dio por terminadas las negociaciones
para la formación de la Organización Internacional del comercio.
Finalmente, el GATT fue el único resultado de los
acuerdos, es así que desde 1948, hasta 1994 las reglas aplicables a gran parte
del comercio mundial fueron establecidas por dicho acuerdo. Durante casi
cincuenta años, el texto básico del GATT se mantuvo casi sin modificaciones. La
secretaría general del GATT, con sede en Ginebra, convocó una serie de rondas
de negociaciones que permitieron acuerdos "plurilaterales", es decir,
de participación voluntaria, que condujeron a importantes reducciones
arancelarias.
El principal objetivo de la Organización Mundial del Comercio
es la liberalización de los mercados y la eliminación de barreras a los
intercambios comerciales. No obstante, la OMC asegura que, aunque su política
para mejorar el mercado pasa por la apertura, "en determinadas
circunstancias sus normas apoyan el mantenimiento de obstáculos al comercio:
por ejemplo, para proteger a los consumidores o impedir la propagación de
enfermedades". Así, de una forma más amplia, la Organización sería garante
de todas las partes implicadas en el comercio mundial.
La Organización Mundial del Comercio (OMC) es la
única organización internacional que se ocupa de las normas que rigen el
comercio entre los países. Los pilares sobre los que descansa son los Acuerdos
de la OMC, que han sido negociados y firmados por la gran mayoría de los países
que participan en el comercio mundial y ratificados por sus respectivos
parlamentos. El objetivo es ayudar a los productores de bienes y servicios, los
exportadores y los importadores a llevar adelante sus actividades.